Las especificaciones de vuelo se basan en el peso, tipo de operación (recreativa/comercial) y normativa local.
En México el vuelo de drones está regulado por la NOM-107-SCT3-2019.
Especificaciones por tipo de operación:
1.Drones de menos de 250 g (uso recreativo) no requieren registro, pueden volar en entornos urbanos sin licencia, pero a una altura máxima de 120m.
2. Drones de 250 g a 2 kg (micro) necesitan registro; drones >2 kg requieren registro y licencia de piloto. Se debe volar siempre de día, a una altura máxima de 122 m (400) pies, a una distancia máxima de 457 m del piloto y a menos a 9.2 km de aeropuertos o sobre multitudes.
3. Drones de < 250 gramos (uso recreativo): No se necesita licencia ni registro, pero no debes volar cerca de aeropuertos, a más de 122m de altura, ni sobre personas.
4. Drones de 250g - 2 kg (uso recreativo): si requiere registro ante la AFAC.
5. Drones de > 2 kg (uso comercial): Obligatorio tener registro, contar con seguro de responsabilidad civil y tener licencia de piloto de RPAS.
Especificaciones por categoría de peso:
•Micro (< 2 kg): Uso recreativo o comercial sin necesidad de licencia de piloto, pero deben estar registrados en "registros RPAS México".
•Ligero (2 kg - 25 kg): Requiere registro, licencia de piloto (piloto RPAS) y autorización de la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC).
•Pesado (> 25 kg): Requiere registro, licencia, autorizaciones especiales de la AFAC y no pueden volar en zonas pobladas.
Reglas de operación segura:
•Distancia: Prohibido volar a menos de 46 metros de personas y a más de 9.2 km de cualquier aeropuerto.
•Horario: Solo permitido el vuelo durante el día, en condiciones meteorológicas favorables.
•Visibilidad: Mantener el dron siempre dentro del alcance visual (VLOS - Visual Line of Sight).
•Propiedad privada: Se recomienda no sobrevolar áreas privadas sin consentimiento para evitar conflictos de privacidad.
Requisitos importantes para manejo de drones:
•Registro: El registro de drones de 250g o más se hace ante la SICT.
•Documentos: Llevar siempre la hoja de registro y si aplica, la licencia de piloto.
•Importación: Al ingresar un dron a México, si su valor supera los $3,000 USD, puede requerir el pago del 16% de IVA debiendo presentar la factura.